LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
ACUERDA Y DECRETA:
 
Artículo 1º. AUTORIZASE, como vía de excepción, a los permisarios de Escolares y Miniturismos de la ciudad de Colonia del Sacramento, a realizar los traslados en los horarios y días autorizados por el Centro Penitenciario de Piedra de los Indios, desde la ciudad referida hasta el mencionado Centro de Reclusión.
Artículo 2º. Quienes opten por brindar este servicio, deberán registrarse en la Dirección de Tránsito y Transporte, de la Intendencia Municipal de Colonia.
Artículo 3º. Comuníquese e insértese en el Libro de Decretos de la Junta Departamental de Colonia.
 
Sala de Sesiones de la Junta Departamental de Colonia a los doce días del mes de julio de dos mil uno.
 
JONIL MALEPLATE, 1º Vicepresidente.
 
GLADYS MARTÍNEZ, Secretaria General.
 
 
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