Club Social y Deportivo BLANCARENA
 
Blancarena, marzo de 1991.
 
Sr. Intendente Municipal de Colonia
Juan Carlos Curbelo
Colonia.
 
De nuestra mayor consideración:
Las fuerzas vivas de Blancarena, nucleadas en la Comisión del Club Social y Deportivo, en sucesivas reuniones con los vecinos han venido discutiendo la necesidad de dotar de números (y en algunos casos, nombres) a las distintas calles del Balneario.
Tanto para el vecino como para el visitante, es una forma de ubicarse con mayor comodidad y exactitud en el plano urbano de Blancarena.
La numeración se dio de Sur a Norte, respetando la posibilidad de ampliación del Balneario hacia ese punto cardinal y dejando cinco números para otorgar a calles futuras en esa posible ampliación.
A su vez, se continúa la numeración a partir del 11 de Oeste a Este.- En algunos casos además del número se han agregado nombre a las calles, dejando varias de ellas para que las generaciones futuras veneren a quienes ellos determinen.
En nuestro caso se recuerda en forma genérica “A los fundadores” (calle Nº1) por una parte y a las ciudades de las cuales provenían y provienen el mayor número de los turistas que nos vienen a visitar: 17 – La Paz; 18 – C. Valdense; etc. Confluyendo en Calle Nº 5 – Colonia, que les da marco.
Por todo lo antes expuesto, solicitamos al Sr. Intendente que dé el trámite que corresponda para que se apruebe el proyecto adjunto según plano, de numeración (y en algunos casos sus nombres) de las calles del Balneario Blancarena.
Sin otro particular y a la espera de respuesta positiva a la presente gestión, lo saludan atentamente. ENRIQUE DAVYT, Presidente – YAMANDÚ CRISTOFORONE, Secretario.
 
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
ACUERDA Y DECRETA:
 
Artículo 1º. DESIGNASE a las calles del Balneario Blancarena con los números y nombres que se determinan a continuación:
Calle 1. De los Fundadores.
Calle 2.
Calle 3.
Calle 4.
Calle 5.
Calle 11.
Calle 12.
Calle 13.
Calle 14.
Calle 15.
Calle 16.
Calle 17. La Paz.
Calle 18. Camino Valdense.
Calle 19. Nueva Helvecia.
Calle 20. Rosario.
Artículo 2º. Comuníquese e insértese en el Libro de Decretos de la Junta Departamental.
 
SALA DE SESIONES de la Junta Departamental de Colonia a trece de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
 
Dr. ALBERTO BADARACCO, Presidente.
 
NELSON OYOLA, Pro Secretario.
 
 
 
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Publicado Diario Oficial Nº 24.720 de 05/02/1997