LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
ACUERDA Y DECRETA:
 
Artículo 1°. La Intendencia Municipal y la Junta Departamental de Colonia se abstendrán de proponer y aceptar la inclusión de nombres de personas en la nomenclatura de las calles, caminos, plazas y paseos durante el término de un año, contado a partir de la fecha de su deceso, sin excepción.
Podrán ser elegibles para ser incluidos en la nomenclatura departamental los nombres de aquellas personas que integran el listado oficial de detenidos desaparecidos, cuya confección corresponde a la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente de Presidencia de la República.
NOTA: Segundo parágrafo AGREGADO según Decreto N° 039/2021 de 08/12/2021.
Artículo 2º. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, en el caso del Legislativo Comunal, será necesario oír previamente al Intendente Municipal y se requerirán dos tercios de votos para su aprobación.
Artículo 3°. Comuníquese e insértese en el Libro de Decretos de la Junta Departamental.
 
SALA DE SESIONES de la Junta Departamental a veintiocho de marzo de dos mil tres.
 
RICHARD CÁCERES, Presidente.
 
GLADYS MARTINEZ, Secretaria General.
 
download Decreto oficial (PDF)
download Decreto N° 039/2021 (modificatorio)
Publicado Diario Oficial Nº 30.858 de 24/01/2022.