Decreto Nº 019/2020 de 18/05/2020
 
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
DECRETA:
 
Artículo 1º. Establecer la obligatoriedad en el departamento de Colonia del uso de tapaboca, a toda persona que haga uso del transporte público y al personal afectado al mismo, sin excepción, en cualquiera de sus categorías: taxis, remises, transporte escolar, ómnibus urbanos y departamentales, etc..
Artículo 2º. Será asimismo obligatorio el uso de tapaboca para los pasajeros de servicios no regulares, contratados por cualquier finalidad que signifique el traslado colectivo de personas.
Artículo 3º. Las empresas de transporte público involucradas deberán negar el acceso a los vehículos o unidades colectivas, a aquellos pasajeros o personal que se negaren a hacer uso del correspondiente tapaboca.
Artículo 4º. El incumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto, constatado por la autoridad competente de la Intendencia de Colonia, hará pasible a la empresa de una multa de 1/2 U.R. (media unidad reajustable) por persona que infrinja la obligación impuesta.
Artículo 5º. El Ejecutivo Departamental con anuencia de la Junta Departamental queda facultado a suspender por el tiempo que estime pertinente, el servicio que no cumpla con el presente Decreto, en caso de constatarse reiteradas faltas.
Artículo 6º. Facultar al Ejecutivo Departamental a suspender temporalmente, por resolución fundada, de existir en el futuro circunstancias que lo ameriten, la vigencia del presente Decreto, ya sea de manera global o en relación a una o más categorías de transporte, en particular.
Artículo 7º. La presente ordenanza entrará en vigencia 10 (diez) días después de la fecha de su promulgación por el Ejecutivo Departamental, plazo en que se realizarán campañas de información, educación y concientización tanto a las empresas como a la población en general, para luego comenzar con la fiscalización.
Artículo 8º. Dar cuenta e insertar el presente Decreto en el registro informático de la Junta Departamental.
 
SALA DE SESIONES de la Junta Departamental de Colonia, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil veinte.
 
FÉLIX OSINAGA, Presidente.
 
CLAUDIA MACIEL RAIMONDO, Secretaria General.
 
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Publicado Diario Oficial Nº 30.457 de 12/06/2020