Colonia, 5 de julio de 2011.

Sr. Presidente de la
Junta Departamental de Colonia
Dr. Roberto Calvo
Presente.
 
De nuestra consideración:
 
Los abajo firmantes, integrantes de la Comisión de Cultura, Deportes y Juventud, nos dirigimos a Ud. a fin de presentar adjunto, Proyecto de Decreto tendiente a designar en forma oficial a las playas, balnearios y parques costeros del Departamento de Colonia con sus respectivas categorizaciones, extensiones y ubicaciones de acuerdo a su jurisdicción.
Como antecedente de esta iniciativa, podemos citar los Decretos votados por esta Junta Departamental que designaron en el año 1931 al Parque Durieux en Rosario, en 1945 el Parque José P. Varela de Nueva Helvecia y en el 2008 a la Playa de los Vascos en Nueva Palmira. En ese mismo año los integrantes de esta Comisión pertenecientes a la anterior legislatura, tuvieron como objetivo continuar con la correcta nominación de estos espacios públicos con sus correspondientes límites.
Es por ello, que se promovieron consultas a las ex Juntas Locales para determinar en forma exacta los nombres y extensiones de los mismos. Luego de tres años, el Ejecutivo Comunal ha remitido esa valiosa información en forma completa, para lo cual no solo figuran los informes de las Juntas Locales, sino que luego de conformar un grupo específico para dicho trabajo, se confeccionó un “Manual de Consulta” referenciado al Manual de Playa Natural en el que han intervenido instituciones municipales, públicas y el LATU.
Esta normativa pretende ordenar entonces de acuerdo a la ley a estos espacios públicos de los que ostenta nuestro Departamento.
Cabe destacar, que previo a la presentación de este proyecto, se promovió una consulta a los Municipios involucrados a través del Oficio Nº 300/2011, a fin de que si tenían alguna consideración la expresaran antes del mes de julio, no habiéndose recibido ninguna objeción -solo una nota con el apoyo de la Municipalidad de Tarariras-, es que se procede a lo estipulado.
Sin otro particular, saludan atte., VÍCTOR MARTÍNEZ, WALTER GODOY, MAURICIO ANSELMI, BETTINA ARMAND PILÓN, MÓNICA RIVERO, KARINA MADERA, MIGUEL SILVA. 
 
 
DECRETO Nº 048/2011 
 
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
DECRETA:
 
Artículo 1º. DESIGNAR oficialmente las playas, balnearios y parques costeros del Departamento con los nombres, extensiones y categorizaciones que se detallan de acuerdo a su jurisdicción:
 
Nueva Palmira
a) Playa urbana Brisas del Uruguay, de 1600 metros, desde Arroyo Sauce hasta calle Ibicuy.
b) Playa urbana Corbacho, de 350 metros, desde calle Lavalleja  hasta calle Dr. Murguía.
c) Playa urbana Dársena Higueritas, de 400 metros, desde la Escollera Norte hasta calle Montevideo.
d) Playa urbana De los Argentinos, de 300 metros, desde calle Fray Bentos hasta la Escollera Sur.
e) Balneario Punta Gorda, zona entre calle Minas y Wilson Ferreira Aldunate, hasta la costa del Río Uruguay.
  
Carmelo
f) Balneario Zagarzazú, de 1200 metros, bordeada por la Rambla Costanera en toda su extensión.
g) Playa urbana Treinta y Tres Orientales, de 250 metros, desde finalización de calle Treinta y Tres en el Río de la Plata, hasta 150 metros al sur de la misma.
h) Playa urbana Seré, de 750 metros, desde la Escollera sobre el Arroyo de las Vacas, hasta Avenida Grito de Asencio.
 
Conchillas
i) Balneario Oeste, al conjunto de playas conocidas como “De los Pobres”, “Del Puerto Inglés” y “La Islita”.
 
Ombúes de Lavalle
j) Parque San Rafael, al predio en que se encuentra el Camping del mismo nombre, entre el camino Merino y Ruta Nº 12.
 
Miguelete
k) Parque Paso de la Cadena, ubicado en el llamado Camino de integración Lorenzo Latorre al este.
 
Colonia del Sacramento
l) Playa agreste Bajada Valdez, de 2500 metros, desde Bajada Miorelli al sur, hasta desembocadura del Arroyo San Pedro.
m) Playa agreste Bajada Miorelli, de 1200 metros, desde Brisas del Plata al sur, hasta Bajada Valdez.
n) Playa agreste Brisas del Plata, de 1000 metros, desde arroyo al sur del parque, hasta Bajada Miorelli.
o) Playa agreste Escalera Caracol, de 3500 metros, desde Arroyo El Caño, hasta el arroyo al sur de Brisas del Plata.
p) Playa agreste La Arenisca, de 2500 metros, desde camino de acceso, hasta la desembocadura del Arroyo El Caño.
q) Playa urbana Los Verdes, de 1000 metros, desde zona de vegetación al norte, hasta Playa Real de San Carlos al sur.
r) Playa urbana Real de San Carlos, de 800 metros, desde Playa Los Verdes al norte, hasta Playa Balneario Municipal al sur.
s) Playa urbana Balneario Municipal, de 800 metros, desde Playa Real de San Carlos al norte, hasta Playa Oreja de Negro al sur.
t) Playa urbana Oreja de Negro, de 1000 metros, desde Playa Balneario Municipal al norte, hasta Playa El Álamo al sur.
u) Playa urbana El Álamo, de 650 metros, desde Playa Oreja de Negro al norte, hasta Playa Las Delicias al sur.
v) Playa urbana Las Delicias, de 150 metros, desde Playa El Álamo, hasta los humedales Las Delicias al sur.
w) Playa urbana Del Rowing, de 150 metros, desde Pasaje Peatonal Héctor Colombo al sur, hasta el Club Colonia Rowing al norte.
x) Playa urbana Honda, de 300 metros, desde calle Vicente P. García, hasta calle Soriano.
y) Playa urbana Ferrando, de 750 metros, desde la desembocadura del Arroyo La Caballada al este, hasta zona de vegetación y rocas de cantera al oeste.
z) Playa agreste El Calabrés, de 1750 metros, desde camino de acceso al Hogar Luis Mazza hacia el este, hasta zona de rocas y vegetación al oeste.
aa) Playa agreste Punta Piedras, de 200 metros, sobre acceso principal desde Radial Riachuelo.
bb) Playa agreste Matamora, de 4000 metros, entre zonas de rocas y vegetación al oeste de Playa Punta Piedras, hasta Playa Puerto Platero al este.
cc) Playa agreste Puerto Platero, de 2000 metros, desde desembocadura de arroyo al este del puerto límite con El Ensueño, hasta zona de rocas y vegetación al oeste límite con Playa Matamora.
 
Tarariras
dd) Balneario El Ensueño, de 2500 metros, desde arroyo límite con Playa Puerto Platero al oeste, hasta cañada arroyo al este.
ee) Balneario Santa Ana, de 1500 metros, desde arroyo al este del balneario, hasta cañada al oeste que limita con El Ensueño.
ff) Balneario Artilleros, de 1000 metros, desde arroyo al este del balneario, hasta arroyo al oeste límite con Santa Ana.
 
Juan L. Lacaze
gg) Playa urbana Verde, de 400 metros, desde límite sur rambla portuaria, hasta Cañada Blanco.
hh) Playa urbana Charrúa, de 5000 metros, desde Fábrica Nacional de Papel al este, hasta Playa Cosmopolita al oeste.
ii) Playa agreste De los Piamonteses, también conocida como Cosmopolita, de 2500 metros, desde límite con Playa Charrúa al oeste, hasta la desembocadura del Río Rosario al este.
 
La Paz (C.P.)
jj) Parque Puerto Concordia, ubicado a 1500 metros al sur de La Paz (C.P.), sobre el Río Rosario.
kk) Balneario Blancarena, de 5500 metros, desde Britópolis al este, hasta la desembocadura del Río Rosario al este.
ll) Balneario Britópolis, de 2000 metros, desde Playa Azul al este, hasta Blancarena al oeste.
mm) Balneario Playa Azul, de 250 metros, desde Zanja Honda al este, hasta Britópolis al oeste.
nn) Balneario Zanja Honda, de 100 metros, desde Parant al este, hasta Playa Azul al oeste.
oo) Balneario Parant, de 250 metros, desde Fomento al este, hasta Zanja Honda al oeste.
 
Colonia Valdense
pp) Balneario Fomento, de 1000 metros, desde Los Pinos al este, hasta Parant al oeste.
qq) Balneario Los Pinos, de 2000 metros, desde Santa Regina al este, hasta Fomento al oeste.
rr) Balneario Santa Regina, de 3500 metros, desde Brisas del Plata al este, hasta Los Pinos al oeste.
ss) Balneario Brisas del Plata, de 3000 metros, desde Santa Regina al oeste, hasta desembocadura del Arroyo Cufré al este.
 
Cufré
tt) Parque del Paso Cufré, ubicado en calle La Coronilla, a 1500 metros al sureste del camino al paso y la cantera.
 
Artículo 2º. La Intendencia de Colonia y los Municipios correspondientes colocarán la cartelería nomenclatora identificatoria.
Artículo 3º. Dar cuenta, e insertar en el Registro Informático de la Junta Departamental.
 
Sala de Sesiones de la Junta Departamental de Colonia a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil once.
 
 
ALFREDO ÁLVAREZ BOGLIOLO, Presidente. 
 
NELSON OYOLA, Secretario General.
 
 
download Decreto original (PDF)
Publicado Diario Oficial Nº 28.325 de 11/10/2011