Decreto N° 060/2020 de 11/12/2020
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
DECRETA:
Artículo 1º. Prohibir en todo el territorio del departamento de Colonia la comercialización, venta, distribución y uso de pirotecnia sonora.
Artículo 2°. El incumplimiento de esta norma será castigado con la aplicación por parte de la Intendencia de Colonia de multas entre 20 a 300 U.R. según la gravedad del mismo, la suspensión de la habilitación del local comercial y la confiscación del material pudiendo solicitar la intervención del Ministerio del Interior si fuera necesario.
Artículo 3°. Se faculta a la Intendencia de Colonia en los casos en que se halle exposición y/o venta de material de pirotecnia sonora, a proceder a la requisa y posterior destrucción de dicho material, pudiendo solicitar la asistencia del Ministerio del Interior toda vez que fuere necesario.
Artículo 4°. El Gobierno Departamental realizará campañas educativas en todos los medios de difusión que dispongan para promover y estimular hábitos que mejoren la convivencia responsable, desestimulando el uso de cualquier artefacto pirotécnico.
Artículo 5°. El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 2 de enero del 2021.
Artículo 6º. Dar cuenta e insertar en el Registro Informático de la Junta Departamental.
SALA DE SESIONES de la Junta Departamental a once de diciembre de dos mil veinte.
Dr. ALEJANDRO FIORONI BASSO, Presidente.
CLAUDIA MACIEL RAIMONDO, Secretaria General.
Publicado Diario Oficial Nº 30.612 de 26/01/2021